El contrato social tiene que ser un nuevo pacto social que acabe con el “contrato sexual” implícito. De entre los contractualistas, solo Hobbes puso en evidencia ese contrato que sighificaba subordinación de la mujer al hombre en ese espacio privado doméstico sin el cual no se sostendría el otro espacio, el de los libres e iguales masculinos, el espacio público-político. Rousseau es, por el contrario, uno de los teóricos de la subordinación y establece que el paso del estado de naturaleza a la sociedad civil ha de suponer el desarrollo de la moralidad, virtud indispensable de la sociedad pero de la que carecen las mujeres, las cuales no pueden controlar sus “deseos ilimitados”. Si se aceptara a las mujeres en la sociedad política “El resultado pronto sería la ruina de ambos sexos y la humanidad perecería por los medios establecidos para preservarla” (J. Rousseau, “Emilio o de la educación”)
+info en C. Pateman “El contrato sexual” (entiende por tal un contrato en el que, dada la desigualdad de partida entre las partes contratantes, a una de ellas no le queda sino pactar el sometimiento a las condiciones que impone la otra)
El contrato social tiene que ser un nuevo pacto social que acabe con el “contrato sexual” implícito. De entre los contractualistas, solo Hobbes puso en evidencia ese contrato que sighificaba subordinación de la mujer al hombre en ese espacio privado doméstico sin el cual no se sostendría el otro espacio, el de los libres e iguales masculinos, el espacio público-político. Rousseau es, por el contrario, uno de los teóricos de la subordinación y establece que el paso del estado de naturaleza a la sociedad civil ha de suponer el desarrollo de la moralidad, virtud indispensable de la sociedad pero de la que carecen las mujeres, las cuales no pueden controlar sus “deseos ilimitados”. Si se aceptara a las mujeres en la sociedad política “El resultado pronto sería la ruina de ambos sexos y la humanidad perecería por los medios establecidos para preservarla” (J. Rousseau, “Emilio o de la educación”)
+info en C. Pateman “El contrato sexual” (entiende por tal un contrato en el que, dada la desigualdad de partida entre las partes contratantes, a una de ellas no le queda sino pactar el sometimiento a las condiciones que impone la otra)